Es el procedimiento mediante el cual un Predio rústico o Predio urbano se divide en dos o más fracciones que no requieren el trazo de una o más vialidades.
Requisitos
- Solicitud por escrito dirigida al Presidente Municipal, con atención a la Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, incluyendo datos del propietario (nombre completo, domicilio actual y teléfono); datos del terreno (ubicación, superficie, uso actual y propuesto), número total de lotes y mencionar los servicios existentes.
- Copia de identificación del propietario y en caso de no ser el propietario quien tramite, copia de carta poder notariada de su representante legal.
- Copia certificada de la escritura primordial, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Libertad de gravamen de la escritura (de todo el terreno), expedida por el Registro Publico de Propiedad y del Comercio.
- Copia del recibo de impuesto predial al corriente.
- Factibilidad de agua potable y drenaje (del organismo correspondiente).
- Original y copia del plano de la subdivisión que pretende realizar, con medidas en metros (del terreno completo y de cada una de las fracciones), colindancias, orientación, cuadro de áreas y localización general indicando la distancia a la esquina más próxima; y cuando el caso lo requiera deslinde judicial.
- Licencia de uso de suelo, cuando el predio tenga una superficie de hasta 5000 m2 o dictamen de factibilidad en los términos señalados en los artículos 180 y 181 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado cuando exceda dicha superficie y sea destinado para fraccionamiento.
- La subdivisión de predios de 5000 m2 o más de superficie, estarán afectos a la obligación de ceder áreas de donación para obras de equipamiento urbano y ejecutar en su caso las obras de urbanización faltantes, el área de donación será equivalente al 10% de la superficie total de predio. (Artículo 202 fracción III).
- Una vez autorizada la subdivisión, deberá realizar el pago por Derecho de Planificación correspondiente, según la Ley de Ingresos vigente del Municipio de Cd. Fernández, S.L.P.
Pasos a seguir
- Presentarse en la oficina de Catastro y Desarrollo Urbano ubicada en la Presidencia Municipal en horarios de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes, para llenar la solicitud y presentar los requisitos correspondientes.
- El tramite tiene un tiempo de respuesta de 10 días hábiles.
Costos
- El costo es en base a la superficie y el tipo de subdivisión.
Fundamento Jurídico
- Ley de Asentamientos Humanos.
- Ley de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí.
- Plan de Ordenación de la Zona Conurbada Intermunicipal de Rioverde-Ciudad Fernández.
- Ley de Ingresos del Municipio de Ciudad Fernández, S.L.P.
- Ley Orgánica del Municipio de Ciudad Fernández, S.L.P.